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There are no translations available. Reporte del Boletín de Deudores Morosos del Estado a la Contaduría General de la NaciónEl reporte del Boletín de Deudores Morosos del Estado – BDME debe realizarse por el sistema CHIP administrado por la Contaduría General de la Nación –CGN-, según lo establecido en la Resolución 531 del 24 de noviembre de 2009. Es importante recordar que se entiende por Deudor Moroso del Estado, a la persona natural o jurídica que a cualquier título, a una fecha de corte, tiene contraída una obligación con una entidad pública de cualquier orden o nivel, cuya cuantía supera los cinco (5) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) y una mora superior a seis (6) meses, o que habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo haya incumplido, según los requisitos establecidos en la Ley 901 de 2004. La Contaduría General de la Nación consolida esta información y la publica en la página Web, con base en los formularios que reportan las entidades públicas. La Categoría de Boletín de Deudores Morosos del Estado – BDME cuenta con los siguientes formularios para reportar deudores morosos:
Estos deben ser trasmitidos durante los diez (10) primeros días calendario de los meses de junio y diciembre de cada año, para las fechas de corte a 31 de mayo y 30 de noviembre respectivamente. Para que la Contaduría General de la Nación mantenga actualizada la información sobre el BDME, las entidades públicas deben reportar los siguientes formularios:
Cuando se necesite retirar a una persona natural o jurídica del BDME publicado en la Web, ya sea por el pago de la obligación, la celebración de un acuerdo de pago, que se subsane el incumplimiento de un acuerdo de pago o se depure la información contable, la entidad que lo reportó trasmitirá la novedad, vía CHIP, siguiendo las instrucciones del Art 9 de la Resolución 531 de 2009. Solo se podrán trasmitir los formularios de retiros, una vez al día. Teniendo en cuenta que las Entidades Contables Públicas que están incluidas en el ámbito de aplicación de la Resolución 354 de 2007 tienen como obligación el reporte del Boletín de deudores morosos del Estado, la CGN informa que las herramientas y los instructivos necesarios para ello se encuentran en la pagina Web www.chip.gov.co Contáctenos en el PBX 338 98 88 Ext. 171 - 205 -207 o por correo electrónico a This e-mail address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it |
| Last Updated on Thursday, 26 August 2010 16:20 |