Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias
El formulario de registro de peticiones, quejas y reclamos, lo encuentra al final de este texto. Por favor lea detenidamente las siguientes definiciones para poder clasificar adecuadamente su solicitud y poderle prestar un mejor servicio:
Petición:
Derecho reconocido por la Constitución a los ciudadanos, en virtud del cual estos pueden dirigirse a las autoridades en demanda de algo que estimen justo y conveniente. Toda persona tiene derecho a presentar una petición de conformidad con el artículo 23 de la Constitución Política y los artículos 5to. y siguientes del Código Contencioso Administrativo.
Queja:
Malestar o descontento por un servicio no prestado oportuna o eficazmente. Manifestación de inconformidad sobre la conducta o acción irregular en la prestación de servicios.
Reclamo:
Derecho que tiene todo ciudadano de exigir o demandar solución referente a la atención inadecuada u omisión de la prestación del servicio. Es la manera de exigirle a la entidad que corrija la situación que impide o atropella el ejercicio de los derechos o que mejore la calidad de un servicio. Manifestación sobre la prestación irregular de un servicio o sobre la deficiente atención.
Sugerencia:
Acto de proponer, recomendar, una idea o propuesta para mejorar la prestación de un servicio en la entidad.
Denuncia:
Acto de poner en conocimiento del funcionario competente, la comisión de un hecho delictuoso, sujeto acción pública, del que se hubiere tenido noticias por cualquier medio.
NOTA: Señor usuario si usted tiene conocimiento sobre alguna anomalía sobre tráfico de influencias en el servicio de capacitación institucional a clientes externo, expedición de conceptos y expedición de normas emitidas por la CGN, diligencie el formulario que está a continuación, como QUEJA.
Respetado ciudadano:
Para la Contaduría es muy importante atender sus solicitudes y PQRSD, peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y/o denuncias, para lo cual venimos trabajando en la aplicación que permite registrar una solicitud sobre los temas de nuestra competencia, al igual que la información relacionada con nuestra gestión institucional y del sector.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 491 de 2020, todas las PQRSD se atenderán conforme lo establecido en el articulo 5 del Decreto mencionado.
Para registrar o consultar el estado de una PQRSD puede hacerlo a través de los Botones a continuación:
Solicitud de información pública con identidad reservada
A continuación se da a conocer los actos administrativos que causan efecto en los términos de las PQRD, para conocimiento de los interesados.
- Resolución 077 de marzo de 2020
- Resolución 080 de abril de 2020
- Circular Interna 05 de abril de 2020
A continuación seleccione el informe de Peticiones, Quejas, Reclamos, Sugerencias y Denuncias por período: