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Control

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    1. sec. púb. Propósito del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, en virtud del cual este apoya el control, interno y externo, en ámbitos tales como el de legalidad y cumplimiento, y viabiliza el control financiero, así como la salvaguarda de los recursos y el patrimonio públicos, que se encuentran bajo la responsabilidad de agentes públicos o privados, para el desarrollo de funciones de cometido estatal.

    1. ent. gob., emp. no cot. y ent. liq. Objetivo de la información financiera de propósito general que pretende que esta sirva para el ejercicio del control de la entidad a nivel interno (mediante el sistema de control interno) y a nivel externo (a través de diferentes instancias tales como la auditoría externa, la revisoría fiscal, la ciudadanía, las corporaciones públicas, el Ministerio Público y los órganos de inspección, vigilancia y control).

    1. ent. gob. Capacidad que tiene la entidad para usar un recurso o definir el uso que un tercero debe darle, a fin de obtener potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros.

    2. emp. no cot. Capacidad que tiene la empresa para usar un recurso o definir el uso que un tercero debe darle, a fin de generar beneficios económicos futuros.

    1. ent. gob. Aquello que se ejerce sobre una empresa si se configuran todos los siguientes elementos: a) poder sobre la empresa, b) derecho a los beneficios variables o exposición a los riesgos inherentes procedentes de su participación en la empresa y c) capacidad de utilizar su poder sobre la empresa para afectar la naturaleza o el valor de dichos beneficios o riesgos.

    2. emp. no cot. Aquello que se ejerce sobre otra empresa si se configuran todos los siguientes elementos: a) poder sobre la empresa, b) derecho a rendimientos variables procedentes de su participación en la empresa y c) capacidad de utilizar su poder sobre la empresa para influir en el valor de dichos rendimientos.