Acerca del BDME

  1. ¿Qué es el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME)?
  2. ¿Qué entidades, empresas u organismos deben cumplir con la obligación de reportar los deudores morosos a la CGN?
  3. ¿Cuáles son las fechas de corte para cada anualidad?
  4. ¿Cuándo se publica el BDME?
  5. ¿Quiénes son los responsables del reporte de la información relacionada con el BDME a la CGN?
  6. ¿Qué clase de deudas deben ser reportadas en el BDME?
  7. ¿El reporte del BDME que se envía en diciembre es una actualización, o se vuelve a enviar todo el informe y se remplaza el anterior?
  8. ¿Teniendo en cuenta que todos los días se están venciendo obligaciones a favor del ente público, con qué periodicidad se deben reportar esas novedades a la CGN?
  9. ¿A través de qué mecanismo se puede consultar si una persona natural o jurídica ha sido reportada en el BDME?
  10. ¿Qué procedimiento debe seguir una persona natural o jurídica para que sea retirada del BDME?
  11. ¿Una vez realice el pago o celebre el acuerdo de pago correspondiente, ¿cuál es el procedimiento para que la persona sea retirada del BDME?
  12. ¿Qué debe hacer una persona cuando sigue reportada en el BDME, a pesar de haber cancelado la obligación o suscrito un acuerdo de pago?
  13. ¿Las entidades públicas o privadas pueden tomar el BDME como fuente de información para aprobar o no créditos?
  14. ¿Al publicar el BDME en la página web de la CGN se está violando el derecho al buen nombre del deudor?
  15. ¿Un acto administrativo en firme que impuso una multa a favor de la Nación, registrado como deudor moroso, con demanda en la jurisdicción contenciosa y pendiente de fallo, puede incluirse en el BDME si cumple con los requisitos de monto y antigüedad?
  16. ¿Cuando los deudores se encuentran en proceso concordatario conforme al Código de Comercio, o intervención económica conforme a la Ley 550 de 1999, pero todavía no se han suscrito los acuerdos de pago o de reestructuración de pasivos, se deben incluir los deudores en el BDME?
  17. ¿Cuando un deudor tiene a cargo varios conceptos por la misma obligación, tales como capital, intereses y demás conexos, y alguno de los conceptos no cumple con el valor de los cinco (5) salarios mínimos, debe ser objeto de reporte en el BDME?
  18. ¿Los retiros en el BDME también se envían por el sistema CHIP?
  19. ¿Se deben reportar en el BDME los deudores cuya identificación no está plenamente establecida?
  20. ¿Las deudas en mora registradas en las cuentas de orden se deben reportar en el BDME?
  21. ¿La entidad pública debe tener una autorización escrita del deudor para hacer la publicación y la consulta en el BDME?
  22. ¿Se deben reportar Entidades Públicas morosas con el mismo Estado?
  23. ¿Cuándo un deudor tiene varias deudas en mora que sumadas cumplen los requisitos legales, se debe reportar en el BDME?
  24. ¿Para efectos del reporte en el BDME, ¿cómo se identifican las empresas y usuarios internacionales que no tienen NIT en Colombia?
  25. ¿Si no existen deudores morosos en la entidad pública, se debe generar el archivo?
  26. ¿Existe alguna herramienta que capture y genere la información del formato solicitado?