GIT de gestión y evaluación de la Información - Entidades de gobierno

MISIÓN

Centralizar la información financiera de las entidades públicas, verificando que contenga los requisitos de calidad, consistencia y oportunidad, requeridos por el proceso de consolidación.

VISIÓN

​​​​​​​Ser reconocidos como profesionales competentes que brindan asesoría y asistencia técnica oportuna y efectiva a las entidades públicas, de manera que la información reportada a la CGN atienda los requerimientos exigidos por el Régimen de Contabilidad Pública.

OBJETIVOS

  • Mejorar la calidad de la  información contable.
  • Mejorar la oportunidad del envío de la información reportada por las entidades públicas.
  • Proponer acciones de mejora a las herramientas de control de la información reportada a la CGN.
  • Brindar Asistencia técnica efectiva.
  • Realizar las gestiones de seguimiento y análisis de información financiera reportada a la CGN .

 

FUNCIONES

Resolución 671 de 2016, Artículo 13, El Grupo Interno de Trabajo de Gestión y Evaluación de la Información- Entidades de Gobierno, deberá gestionar y evaluar la información de las entidades tanto del Nivel Nacional como Territorial que aplican el Marco Normativo para Entidades de Gobierno y 

 

será el responsable del cumplimiento de las siguientes funciones:

 

a) Participar en el diseño, ejecución y control del plan de acción de la Subcontaduría de Centralización de la Información, con base en la formulación estratégica definida por el Contador General de la Nación y aplicar las metodologías de medición de las tareas bajo su responsabilidad;

b) Evaluar la información remitida por las entidades;

c) Revisar y actualizar la historia institucional de las entidades;

d) Elaborar y enviar los requerimientos a las entidades;

e) Realizar seguimiento a los requerimientos;

f) Realizar el seguimiento a la información contable y financiera de las entidades públicas;

g) Prestar asistencia técnica a las entidades;

h) Llevar a cabo el proceso de certificación de la categorización de los departamentos, distritos y municipios que ordena la Ley 617 de 2000 y demás normas que la sustituyan, modifiquen o adicionen;

i) Llevar a cabo el proceso de refrendación de los ingresos de libre destinación que establece la Ley 715 de 2001 y demás normas que la sustituyan, modifiquen o adicionen;

j) Participar en la formulación, seguimiento y evaluación de los Planes Indicativos Cuatrienales y Planes de Acción Anuales, para alcanzar los objetivos de la entidad, acorde con su misión y con el Plan Nacional de Desarrollo;

k) Participar en los eventos de capacitación que diseñe y realice la Contaduría General de la Nación;

l) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del grupo por el Contador General de la Nación.

Productos

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