GIT de Control Interno

El SISTEMA DE CONTROL INTERNO surge como una función administrativa básica y fundamental, tal como lo expresa la Constitución de 1991 en el artículo 209 "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

En desarrollo del mandato Constitucional, se expidió la Ley 87 de 1993, actos administrativos y documentos reglamentarios; todos ellos encaminados a orientar la gestión y el control como responsabilidad de la Administración Pública.

El Sistema de Control Interno de la UAE Contaduría General de la Nación, se rige por la Ley 87 de 1993 y demás normas en materia de Control Interno que la actualizan; así mismo, en cumplimiento al artículo 9 que señala: "Definición de la unidad u oficina de coordinación del control interno. Es uno de los componentes del Sistema de Control Interno, de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del proceso administrativo, la reevaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos";

MISIÓN

Somos un equipo interdisciplinario proactivo, que asesora, acompaña, coordina y evalúa el fortalecimiento del Sistema de Control Interno Institucional, fomentando la cultura del autocontrol para minimizar los riesgos en los procesos estratégicos, misionales y de apoyo, y lograr el cumplimiento de los objetivos corporativos de la CGN.

VISION

Ser reconocidos como un equipo humano de apoyo que aporta valor agregado mediante acciones de aseguramiento y consulta, al mejoramiento continuo del control interno institucional de los procesos, para fomentar una cultura de autocontrol, autorregulación, autogestión y el desarrollo integral del capital humano involucrado para el cumplimiento de los objetivos y estrategias, la validación del desempeño de los sistemas gerenciales y la reducción de los riegos en la administración de la entidad.

OBJETIVOS

  • Realizar actividades responsables de orientación técnica, al Contador General de la Nación, con el fin de generar valor organizacional en la oportuna toma de decisiones, basada en la evaluación de alternativas posibles de solución ante problemáticas dadas.
  • Efectuar labores de seguimiento permanente al cumplimiento de las actividades para el mejoramiento continuo de los procesos en los tiempos acordados y con el pleno entendimiento de las dificultades que cada servidor público tiene en la ejecución de sus tareas.
  • Evaluar de manera permanente el Sistema de Control Interno de la CGN, mediante la ejecución de auditorías sobre áreas críticas y significativas, que permitan establecer un plan de mejoramiento continuo de las debilidades reveladas.
  • Fomentar la cultura del autocontrol mediante acciones coordinadas con el área de desarrollo de personal, que tiendan a mejorar el clima organizacional, la cultura del diálogo y el trabajo en equipo.

FUNCIONES

Resolucion 148 del 26 de abril 2004, Artículo 9, El Grupo Interno de Trabajo de Control Interno, será el responsable del cumplimiento de las siguientes funciones:

a) Asesorar y apoyar al Contador General de la Nación en la definición de las políticas referidas al diseño e implementación de los sistemas de control interno que propendan por incrementar la celeridad, economía, eficiencia, eficacia y transparencia de las distintas áreas funcionales de la Contaduría General de la Nación;

b) Analizar y evaluar, en coordinación con las dependencias de la entidad, los criterios, métodos, procedimientos, indicadores de eficiencia, eficacia y economía, para evaluar la gestión y promover adopción de los correctivos correspondientes;

c) Velar por el adecuado desarrollo de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos, metas, objetivos y estrategias de la Contaduría General de la Nación y recomendar los ajustes necesarios;

d) Desarrollar los programas de auditoría interna, así como los procedimientos y métodos para su aplicación;

e) Diseñar e implementar el sistema de auditoría informática de la Contaduría General de la Nación estableciendo, en concordancia con los sistemas informativos, los procedimientos necesarios para el mejoramiento del control y recomendar las acciones preventivas y correctivas para minimizar riesgos;

f) Participar en la formulación, seguimiento y evaluación de los Planes Indicativos Cuatrienales y Planes de Acción Anuales, para alcanzar los objetivos de la entidad, acorde con su misión y con el Plan Nacional de Desarrollo;

g) Asesorar y apoyar al Contador General de la Nación en la definición de las políticas referidas al diseño e implementación de los sistemas de control interno que propendan por el cumplimiento de las disposiciones contables expedidas por el Contador General de la Nación, por parte de las entidades del ámbito de la contabilidad pública;

h) Desarrollar todas aquellas funciones contempladas en el artículo 12 de la Ley 87 de 1993 y demás normas que la sustituyan, modifiquen o adicionen;

i) Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza del grupo por parte del Contador General de la Nación.

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